Publicado por Alejandro Pelegrín el 01-05-2022.
“Un buen líder lleva a las personas a donde quieren ir. Un gran líder las lleva a donde no necesariamente quieren ir, pero deben de estar.”.
Rosalynn Carter, ex Primera Dama de Estados Unidos.
Ya es sabido desde hace varios años que el responsable de las deudas con Hacienda es el Administrador/a de la sociedad. Sin embargo, parece que se nos olvida.
Artículo 43.1.b) de la Ley General Tributaria
Art. 43. Responsables subsidiarios.
- Serán responsables subsidiarios de la deuda tributaria las siguientes personas o entidades:
- b) Los administradores de hecho o de derecho de aquellas personas jurídicas que hayan cesado en sus actividades, por las obligaciones tributarias devengadas de éstas que se encuentren pendientes en el momento del cese, siempre que no hubieran hecho lo necesario para su pago o hubieren adoptado acuerdos o tomado medidas causantes del impago.
Artículo 236.5 TRLSC. Y la Ley de sociedades de Capital dice:
La persona física designada para el ejercicio permanente de las funciones propias del cargo de administrador persona jurídica deberá reunir los requisitos legales establecidos para los administradores, estará sometida a los mismos deberes y responderá solidariamente con la persona jurídica administrador.
Conclusión:
- Que nadie tenga ninguna duda. Paga primero a Hacienda y Seguridad Social para evitar responder personalmente como Administrador en tu empresa.
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