Contrato «cobertura tipo de interés».
Publicado el 18/06/2015 por Anna Llorca y Manuel Marrama.
En esta ocasión queremos dedicar estas líneas a comunicarles que se nos ha notificado otra sentencia favorable a favor de un cliente asistido por nuestro equipo, según la cual el banco que provocó la contratación de un SWAP a favor de nuestro cliente, tendrá que devolverle los 982.037,33€ pagados al banco por las liquidaciones practicadas, más intereses legales desde la fecha de cada liquidación y costear las costas del proceso.
La contundente sentencia conseguida a favor de nuestro cliente como consecuencia a la demanda interpuesta ante el banco bajo la dirección de la letrada Dña. Anna Llorca, pone de manifiesto, una vez más, que muchos son los casos en los que este tipo de contratos puede ser declarado nulo, obligando al banco a devolver las liquidaciones que cobró utilizando un producto como el contrato SWAP.
Muchos de estos contratos fueron firmados hace años y no han dejado de dar problemas a clientes que, alentados en su momento por el banco de confianza, los contrató como “seguros de tipos de interés”, para “proteger” al cliente en caso de que los intereses subiesen. La motivación, evidente, sin embargo, era muy distinta por parte del banco, que buscaba únicamente su propio beneficio ante una intuida bajada de los tipos de interés. La protección de sus propios intereses, ante una “conocida” por su parte “inminente” bajada de tipos.
En todo caso, el contrato resulta nulo por la dificultad en su comprensión pero también porque en ciertos asuntos la publicidad que se ofrecía al cliente para vender el producto estaba totalmente falseada, con argumentos tales como: “si suben los tipos de interés, no subes”, “si bajan, tu bajas”. Llegado el momento en que bajaron los tipos, el cliente se vio obligado a pagar unos intereses muy cuantiosos, de modo que fue en este momento cuando muchos interesados se apercibieron de que habían firmado un contrato totalmente contrario a lo que se les había prometido.
En este caso que comentamos así lo ha interpretado el Juzgado, obligando a la entidad bancaria a devolver a nuestro cliente el importe de 982.037,33€ más intereses y costas del proceso.
De este modo, desde Innova Consultoría sentimos que estamos recorriendo el camino correcto para defender con nuestra metodología de trabajo y nuestra experiencia a todos nuestros clientes.
INNOVA CONSULTORÍA